El Juzgado Mercantil de Ciudad Real ha dictado una sentencia favorable a un cliente de Gesico en la que condena a tres administradores sociales a responder personalmente de las deudas de la sociedad, a pesar de la existencia de una administradora de hecho. Los demandados alegaban que no conocían nada de la situación de la mercantil y que toda la gestión correspondía a la socia de la misma, que ejercía como administradora de hecho.
Sin embargo el Juez ha estimado la sentencia de Gesico, condenando a los administradores de derecho, que figuraban en el Registro Mercantil, a responder personal y solidariamente de las deudas con el cliente de Gesico.
Una vez más, los riesgos de ser administrador de una empresa, y dejar que la gestión la realicen otras personas.
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