En una reciente sentencia sobre una situación muy poco habitual, Gesico ha logrado que un Juez de lo Mercantil condene a un Administrador Concursal, por no haber respecto el orden de pago establecido en la Ley Concursal y haberse pagado sus honorarios de manera irregular.
El Juez dictaminó que «el Administrador Concursal ha percibido la totalidad de los honorarios de la fase común y cuando menos varias mensualidades de la fase de liquidación, pese a no haber abonado el crédito del demandante, de vencimiento anterior en el tiempo y por tanto de pago preferente al de aquel, en un criterio carente de justificación aparente al servicio del interés del concurso».
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