Gesico ha logrado una nueva condena a un administrador por las deudas sociales con nuestro cliente a pesar de que las cuentas anuales reflejaban un patrimonio neto superior al 50 % del capital social. El equipo jurídico de Gesico consiguió demostrar en sede judicial que las cuentas estaban falseadas, tal y como ha recogido el Juez de lo Mercantil Nº 1 de Oviedo en su sentencia:
«En el caso de autos es obvio que nos hallamos ante una sociedad infracapitalizada desde su inicio, con un exiguo capital de 3.000 €, que le ha llevado a impagar a sus trabajadores (19’24” DVD), a la TGSS desde Octubre de 2012 (una cantidad mínima en ese mes pero que se incrementa notablemente en Noviembre y Diciembre) y al suministrador demandante, entre otros muchos, a la vista de la larga cadena de incidencias que presenta su historial. Las cuentas anuales del ejercicio 2012 han sido claramente confeccionadas para este procedimiento; su depósito en el Registro Mercantil tiene lugar tras el emplazamiento y su contenido es falso o, cuando menos, inexacto a fin de negar una situación de pérdidas cualificadas: no se explica de dónde salen 80.000 € adicionales de capital cuando el suscrito son 3.000 € y no costa aumento de capital; no se halla tampoco explicación racional a que un bar, que cobra al contado, tenga más de 120.000 euros en deudores comerciales.»
Nuevamente se demuestra la importancia de trabajar con fuerza el fondo del asunto, dedicar esfuerzo y tiempo a la gestión de los expedientes, para lograr el mejor resultado para nuestros clientes.
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